Paso a poner el texto de una noticia que me envía una alumna de mi asignatura de 5.º de Licenciatura "Cooperativas y otras Formas de Empresas" (de ahí se explica el por qué del nombre de este blog, que nace dirigido a mis alumn@s de esta asignatura, que desaparecerá, dicho sea de paso, de la enseñanza universitaria en el nuevo Grado de Derecho, por mor de un adelgazamiento "indecente" del anterior temario de la Licenciatura de Derecho, pero eso es otra cuestión), Lucía M. González Fernández. En concreto, Lucía me envía un link con una noticia del Diario Cinco Días de 18-II-14 ( http://cincodias.com/ cincodias/2014/02/18/economia/ 1392704954_714448.html), y cuyo texto completo transcribo más abajo, y como motivo de ello me plantea una serie de dudas, éste es su mensaje:
«Le
mando en este correo un link de un artículo de prensa que está relacionado con
la "Responsabilidad Social de la Empresa", aunque imagino que quizás
usted ya lo conozca, se lo mando por si me puede aclarar las siguientes dudas
que tengo respecto al mismo: ¿Cómo sería posible que las deudas se
transformasen en capital? ¿Esto conllevaría que los acreedores pasaran a tener
derechos y obligaciones dentro de la empresa deudora? ¿Podrían llegar a tomar
decisiones los acreedores que afectasen al funcionamiento de la empresa
deudora? y por último, si es posible me gustaría saber cual es su opinión
respecto a la solución que puede ser implantada por el Estado, tal y como se
recoge en el artículo.»
¿Cómo salvar una empresa viable? El Gobierno propondrá una Ley de Refinanciación para empresas que atraviesen por dificultades financieras que posibilitará que, previo acuerdo entre los acreedores, la deuda se convierta en capital.
La nueva norma, según fuentes del Ejecutivo, permitirá que los acreedores conviertan la deuda en capital. El cambio pretende evitar que empresas viables se vean abocadas a cerrar por el peso excesivo de una deuda que, reestructuración mediante, puede ser asumible. La ley llegará acompañada, además, de medidas para fomentar que el crédito llega a la economía real, como las adelantadas por CincoDías el pasado 3 de febrero.
El FMI ya había instado repetidas veces a España a flexibilizar el sistema de reestructuración de deuda privada, con el objeto de permitir una negociación más ágil y menos traumática entre acreedores y deudores. Fuentes del Gobierno consideran que la ley a punto de aprobarse sigue esa recomendación. Y auguran que permitirá resolver mucho más rápidamente casos como el de Pescanova, en los cuales se puede recuperar la estabilidad de una empresa con la colaboración de sus principales acreedores.
El Ejecutivo descarta que esta nueva ley vaya a lastrar los balances de las entidades financieras. Pronostican que será más bien al contrario, pues permitirá revalorizar unos activos cuyo deterioro sería inevitable sin una reestructuración. El cambio, añaden, permitirá salvar empresas que son perfectamente viables si se les ofrece un alivio coyuntural sobre sus números rojos, lo que redundará en beneficio, según esas fuentes, tanto de la propia empresa como de las entidades bancarias que la financian.
Las mismas fuentes recuerdan que el sector privado español ha avanzado muy rápidamente en su desapalancamiento, que había alcanzado cifras récord en el año 2010 (con unos números rojos entre las empresas, excluida la banca, equivalentes al 140% del PIB). Al comienzo del euro el ratio de endeudamiento era de poco más del 45% del PIB. Tras la crisis se sitúa en torno al 120% y sigue cayendo. Pero el Gobierno no quiere que ese proceso se lleve por delante empresas que podrían sobrevivir.
Ya en el mes de septiembre el Ejecutivo modificó la Ley Concursal para facilitar los acuerdos de refinanciación de las empresas y evitar los concursos de acreedores. Con el nuevo texto legal, basta el acuerdo de un 55% de bonistas para activar una reestructuración de la deuda vinculante para todos los acreedores, cuanto este porcentaje estaba antes en el 75%.
De este modo es menos sencillo que algunos acreedores bloqueen los acuerdos con la empresa y fuercen el concurso de acreedores y la posible liquidación de la sociedad. De hecho, la norma también evitaba que, iniciado el proceso de refinanciación, uno de los acreedores instase el concurso.
EN FIN, NO QUIERO CONTESTARLE YO, PREFIERO QUE HAYA DEBATE Y SE LE CONTESTE QUIEN MÁS OSADO, GENEROSO Y SOLIDARIO SE SIENTA. Cordialmente.