Mi Blog "Responsabilidad Social de las Empresas"

viernes, 30 de mayo de 2014

Aprobado el ANTEPROYECTO de LEY de CODIGO MERCANTIL (ALCMer)



  NOVEDAD NORMATIVA!!!

[Me veo obligado a prescindir de las tildes porque Blogger me amortiza la letra con tilde] 

Hoy 30 de mayo 2014 se ha aprobado por parte del Gobierno el "Anteproyecto de Ley del Codigo Mercantil" (ALCMer). No hemos tenido todavia acceso al contenido del texto aprobado, pero damos noticia de algunos medios que cuentan las novedades mas significativas, a la espera de poder tener el articulado aprobado por el Gobierno. Una vez que la tengamos haremos la entrada que anunciamos el pasado dia 27 de forma mas detallada, a fin de verificar si ha habido o no variacion alguna respecto del texto que se aprueba y el originariamente propuesto por la Seccin de Derecho Mercantil de la Comision General de Codificacion (PCMerc) al Ministro de Justicia hace casi una anualidad, el 17 de junio de 2013.

El PCMer introduce en nuestro Derecho Privado la conocida Doctrina de La Empresa, en cuya virtud todo aquel sujeto, sea persona fisica o juridica, que "ejerza profesionalmente y en nombre propio una actividad economica organizada de produccion o cambio de bienes o de prestacion de servicios para el mercado, incluidas las actividades agrarias y las artesanales" debe ser considerado "Empresario lato sensu" (es decir, una expresion  que sera  comprensiva de los distintos terminos y categorias conceptuales empleados por el propio legislador para identificar a todos aquellos a quienes quiere sujetar al Codigo) y, por ende, sometido al nuevo cuerpo legislativo mercantil. Es decir, el concepto economico de empresario es recibido por el legislador a fin de convalidarlo juridicamente: hay identidad ya entre la nocion economica y la juridica de empresario en nuestro ordenamiento. Asi, seguir hablando de Derecho Mercantil tiene escaso sentido ya, por lo que debiera emplearse preferiblemente la expresion "Derecho Empresarial o de los Empresarios". Giron Tena estaria orgulloso de contemplar como la construccion que postulaba tiene visos de recibir por fin carta de naturaleza tras la tramitacion parlamentaria del ALCMer. El Derecho mercantil se viene a generalizar y, por ende, no puede ya ser concebido sino como Derecho privado comun, puesto que ya no es especial sino general. No cabran mas disquisiciones sobre si los empresarios son civiles y/o mercantiles, pues lo adjetivo desaparece en virtud de la incorporacion de la Doctrina de la Empresa que comporta inmediatamente la generalizacion de las tradicionales reglas especiales mercantiles, ya privadas de su condicion de especialidad normativa y convalidadas legislativamente como el nuevo Derecho privado de los empresarios. Solo importa el sustantivo, los empresarios, mientras que pierde razon de ser ya el empleo de los hasta ahora imprescindibles adjetivos calificativos, porque no cabra ya distinguir dos ambitos normativos en nuestro Derecho privado a los que adscribir cada uno de los sujetos que ofrecen o intercambian profesionalmente y en su propio nombre tanto bienes como servicios para el mercado. Por tanto, no se diga ya Derecho Mercantil sino "Derecho Empresarial o Derecho de los Empresarios".

Los sitios donde se da noticia del texto aprobado por el Gobierno son los siguientes: 

1.- LA MONCLOA

http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2014/refc20140530.htm#CODIGOMERCANTIL


2.- WOLTERS KLUIWERS 

http://nuevocodigomercantil.es/claves.htm

3.- WWW.ELDERECHO.COM

 http://www.elderecho.com/actualidad/anteproyecto_ley_del_codigo_mercantil-nuevo_codigo_mercantil_0_684000110.html

4.- 20minutos.com

http://www.20minutos.es/noticia/2153588/0/gobierno-aprobara/anteproyecto-ley/codigo-mercantil/

Buen fin de semana. Cordialmente,

Francis

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Una información añadida a la entrada (31/05/2014, 15:005 h.)
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                      ¡¡¡  LINK al ALCMer !!

Aquí os dejo el link donde está disponible el Texto del Anteproyecto de Ley de Código Mercantil aprobado ayer, 30 de mayo de 2014, por el Gobierno.

2 comentarios:

  1. Gracias por publicar el link al texto del APLCMer. Ya veo que han incluido varias referencias a la mediación civil y mercantil, aunque quizá algunas sean superfluas, pues en cualquier tipo de contrato mercantil siempre cabe mediación sin necesidad de que lo recoja el Código. Habrá que estudiarlo con más detalle.

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  2. Espero tu análisis sobre la materia, como doctrina muy cualificada que eres, Juan Carlos. Gracias por pasarte por aquí. Un abrazo,
    Francis

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