Mi Blog "Responsabilidad Social de las Empresas"

viernes, 11 de abril de 2014

A propósito de una entrada de Elena Alfaro sobre su apoyo a la aprobación de una Ley de Segunda Oportunidad en esta época de crisis económica y social (REMISIÓN)



Remito a una entrada de mi Blog "Responsabilidad Social de las Empresas" en relación con una entrada realizada por parte de Elena Alfaro Aguila-Real [mi comentario sobre una entrada de Elena Alfaro] la hermana de Jesús Alfaro (catedrático de D. Mercantil y autor del Blog de Derecho Mercantil más reputado y seguido de nuestro país). De hecho tuve conocimiento de la entrada de Elena mediante el propio twitter de Jesús (@jesusalfar), a quien sigo desde hace mucho tiempo, pues, de hecho, es más fácil seguirle y estar al tanto de su ingente producción jurídica en Twitter que en su notorio Blog, ya que en éste no se incorpora la loable y utilísima y loable función de seguir el blog a través de email. Una opción que, aprovecho para decirlo públicamente, es muy cómoda para quien esté interesado, dado que te permite recibir en tu propio correo no sólo el texto de las entradas que se realicen sino, a voluntad y eventualmente, incluso los comentarios que haga la gente (pues la configuración de las alertas por email cosiente esa generosa amplitud). Es extraño y muy sospechoso :-))... que la inmensa mayoría de los "cátedros" que tienen blogs que interesan (en mi caso, a bote pronto, pienso además del referido de Jesús Alfaro también en el de Antonio Baylos o en el de Enrique Viaña) tampoco tengan incorporado esa función que, sin embargo, viene de serie en blogger, puesto que su incorporación al blog tan sólo requiere darle a un clic, nada más.

Pero es cierto que de esa forma las visitas al blog bajarían y serían bastante menores, porque al no haber seguimiento por email se fuerza a la gente que esté realmente interesada a tener que visitarlo recurrente y frecuentemente. Amén del hecho, nada desdeñable, de que de esa forma tampoco hay constancia del texto inicialmente incorporado en la redacción de la entrada, es decir, no hay prueba del texto de la entrada realizada en el correo de los eventuales seguidores interesados en seguir por email. Por lo que, llegado el caso, se puede alterar el texto ad libitum sin que haya constancia fácil de su variación, si no se dice expresamente por parte del autor de la entrada. 

Bueno, tras esta digresión sobre la configuración de los blogs, reitero mi remisión a la entrada que he realizado en mi otro Blog "Responsabilidad Social de las Empresas", por ser alli su lugar natural de ubicación, sin duda, Pero también aquí entiendo que debe hacerse eco de la entrada y dar noticia de ella porque hemos tratado en el presente Blog algunas cuestiones de Derecho concursal, tanto específicamentes relativas a las cooperativas, cuanto de alcance general. Esto sólo justifica, ya per se, que se haga aquí esta entrada, así como que no se haga un copia y pega desde aquel Blog a éste, sino que se justifica que aquí la entrada se muy breve y de mero reenvío o remisión. 

http://responsabilidadsocialdelasempresas.blogspot.com.es/2014/04/la-necesidad-de-una-ley-de-segunda.html

Aprovecho la ocasión para desearos felices v, me refiero a l@s docentes y estudiantes. Al resto mucho ánimo. Un abrazo a tod@s.

Francis

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