Hemos llevado a cabo un trabajo titulado "La creación de cooperativas de trabajo asociado o de sociedades laborales como respuesta alternativa de la Economía Social ante las situaciones de insolvencia inminente o actual de los empresarios", que se integra en una obra colectiva coordinada por la Profesora Gemma Patón García bajo el título de “La liquidación de empresas en crisis: aspectos laborales, fiscales y mercantiles”, y que se editará en breve por la Editorial Bosch, pues ya se halla en prensa. Cuando esté publicada colgaré este trabajo en la página web donde están disponibles casi todas mis publicaciones sobre sociedades cooperativas, (v. http://uclm.academia.edu/franciscojosemartinezsegovia)
La finalidad del trabajo es exponer y analizar las posibilidades de articulación
jurídica de los complejos y dificultosos procesos de constitución de sociedades
cooperativas (en concreto, o especialmente, aquellas de la clase de trabajo
asociado) y sociedades laborales con
ocasión de las situaciones de insolvencia patrimonial relativas a las sociedades (aunque también pueden acontecer respecto de todo tipo de
empresarios, sean personas físicas o jurídicas, tanto civiles como de carácter
mercantil), y que abocan inevitablemente -o casi- a la apertura de un procedimiento de
concurso de acreedores. Se toma en consideración la particular situación económica de precariedad en que quedan los trabajadores de las empresas concursadas o amenazadas con el concurso y su posible estrategia para preservar su interés en seguir trabajando no ya por cuenta ajena sino por "cuenta propia, en sentido amplio", es decir, a través de la creación de una cooperativa como instrumento jurídico para la defensa y promoción de sus particulares intereses en esta fase concursal o, cuando menos, inmediatamente preconcursal.
Creemos que el interés de esta contribución reside en comprobar cómo la sociedad cooperativa y la sociedad laboral son formas sociales que se erigen en fórmulas empresariales plenamente aptas para resolver
estos graves problemas financieros y patrimoniales de los empresarios, sociales o individuales, y cómo la Economía Social es capaz de
ofrecer una respuesta viable a los intereses en conflicto, en especial, a aquellos
propios de los trabajadores inmersos o integrados en algunas de esas empresas
en crisis. De modo que la viabilidad de esta «"solución u opción de la Economía social" al próximo o inevitable concurso de las empresas» ante sus graves crisis económica y financiera pasa por dar una satisfactoria
respuesta a los distintos intereses jurídicos que presentan los variopintos acreedores
concurrentes en los procedimientos concursales.
AGRADECIMIENTOS: Quiero agradecer públicamente la generosa ayuda prestada al efecto por la Confederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado (COCETA, www.coceta.coop), especialmente de su máxima responsable jurídico, Paloma Arroyo (@ArroyoPaloma) y, asimismo, la ayuda proporcionada por Antonio Martínez de Bujanda (gerente de la Asociación Navarra de Empresas Laborales [ANEL, www.anel.es]), ya que ambos me han brindado generosa y desinteresadamente su dilatada experiencia en estos procelosos procesos de creación de cooperativas de trabajo asociado.
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